Apertura de Parques Infantiles y Centros de Ocio en la Fase 3

Apertura de Parques Infantiles y Centros de Ocio con limitación de aforo y distancia de seguridad.

Son muchos los clientes que nos preguntan cuándo podrán abrir sus parques y centros de ocio. Las provincias que entren mañana lunes en la fase 3 ya podrán hacerlo, una de ellas es Canarias, pero con limitaciones. Hemos consultado a la Secretaría General de la Delegación del Gobierno de Canarias si nuestro sector puede abrir a partir de esta fase 3 y en qué condiciones, y esto es lo que nos responde:

«En respuesta a su consulta le comunico que en la reunión celebrada por el CECOR (Centro Inteligente de Mando y Control que se ha creado en esta provincia y que es pionero en toda España), la Secretaria General de la Delegación del Gobierno de Canarias apunta la aclaración siguiente sobre la asimilación de los artículos 12 y 43 de la Orden del Ministerio de Sanidad SND/458/2020, publicada el 30 de mayo de 2020:

a) En relación a los cumpleaños y eventos en todos los centros de ocio infantil, ludotecas… Se entiende que se asimilarían a lo que establece el Artículo 12. Condiciones que deben cumplir los centros y parques comerciales abiertos al público. (Aforo del 50 % y cumplimiento de la distancia interpersonal). Se autorizan, pero deberán respetar los requisitos sobre aforo y distancia de seguridad.

b) Sobre los campamentos de verano, se asimilaría a lo que establece el art.43 “Condiciones para la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil”. Por lo que se autorizan siempre que pueda garantizar lo establecido en este artículo.

* Cuando el desarrollo de las actividades se lleve a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes,incluyendo los monitores.

* Cuando las actividades se realicen en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual; con un máximo de 80 participantes, incluyendo los monitores.

* Durante el desarrollo de las actividades se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de 10 personas, incluido el monitor. En la medida de lo posible, las actividades e interacciones se restringirán a los componentes de cada uno de estos grupos.Lo que se traslada para su conocimiento, esperando que le ayude a resolver las dudas».

 Un saludo,

María del Carmen Márquez González

Secretaria del Subdelegado del Gobierno

 Código DIR EA0040316